Licencias
Régimen de licencias
(Según Convenio 130/75)
Casamiento: 12 días, más 1 por trámites
Nacimiento: 2 días hábiles.
Maternidad: 90 días.
Lactancia: 1 hora diaria durante 1 año.
Enfermedad de cónyuge, padre o hijo: 30 días sin goce de haberes.
Fallecimiento de padres, hijos, cónyuges o hermanos: 4 días corridos.
Fallecimiento de abuelos, padres o hermanos políticos: 2 días de corridos.
Donación de sangre: 1 día.
Mudanza: 2 días corridos.
Emplados estudiantes secundarios: 10 días por año para exámenes.
Empleados estudiantes universitarios: 20 días por año para exámenes.
Vacaciones: El empleador deberá conceder el goce de vacaciones de cada año dentro del período octubre – abril del año siguiente. Para determinar la extensión de las mismas, se computará las que tendría el trabajador al 31 de diciembre.
Hasta 5 años: 14 días.
De 5 a 10 años: 21 días
De 10 a 20 años: 28 días.
De 20 años en adelante: 35 días.